El Real Decreto 518/2026 está en vigor desde el 1 de octubre de 2026 y modifica el Reglamento General de Circulación para proteger mejor a los usuarios vulnerables de la vía. Circulan muchos titulares que mezclan cosas: "se prohíbe el casco jet", "tu casco 22.05 deja de valer", "necesitas guantes homologados desde octubre". Hemos ido directamente al texto oficial del BOE y a la nota de la DGT. Esto es lo que dicen de verdad.
Resumen rápido
- Motos: si ya llevas un casco homologado según el Reglamento R22 (22.05 o 22.06), no cambia nada para ti.
- Ciclomotores: los cascos solo "certificados" (no homologados) dejarán de valer, pero hay un año de margen, hasta el 1 de octubre de 2027.
- Guantes: obligatorios en vías interurbanas, para conductor y pasajero, con multa de 200 €. Valen los guantes de moto que ya usas.
- Calzado cerrado: obligatorio en todo tipo de vías para conductor y pasajero de moto y ciclomotor. Es infracción grave, con multa de 200 €.
- Chaleco reflectante: las motocicletas deben llevarlo en su dotación. Los profesionales de moto y ciclomotor deben usarlo al circular; los demás motoristas, cuando ocupen la calzada o el arcén en vía interurbana.
- Casco jet: no se prohíbe. El texto no menciona el tipo de casco.
¿Sigue siendo legal mi casco ECE 22.05?
Sí. La nueva redacción del artículo 118 exige a conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores "cascos de protección homologados conforme al Reglamento UNECE R22, adecuadamente abrochados, cuando circulen en todo tipo de vías". Las normas ECE 22.05 y ECE 22.06 son dos series de ese mismo Reglamento R22, y el real decreto no distingue entre ellas. Un casco 22.05 en buen estado, con su etiqueta y bien abrochado, sigue siendo legal. Nada en el texto obliga a cambiarlo el 1 de octubre.
Que sea legal no significa que sea la opción más segura. La 22.06 añade ensayos de impacto rotacional y de más puntos de la calota. Si vas a comprar casco nuevo, ya será 22.06, y los hay buenos en todos los precios. Mira nuestra selección de mejores cascos modulares por menos de 200 €.
¿Se prohíbe el casco jet?
No. Es el bulo más extendido. El real decreto exige casco homologado según el R22. No habla de casco integral ni restringe ningún tipo. Un jet homologado según el R22 (con una "J" en la etiqueta) sigue siendo perfectamente legal, en ciudad y en vías interurbanas.
Lo que sí cambia para los ciclomotores
Este es el cambio real en cascos. Hasta ahora, los usuarios de ciclomotor podían usar cascos solo certificados. Con el real decreto necesitan casco homologado, igual que los motoristas, pero con un año para adaptarse. Lo dice la disposición transitoria primera: "Los conductores y pasajeros de ciclomotores podrán seguir utilizando cascos de protección certificados durante el plazo de un año desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto". Es decir, esa exigencia se aplicará desde el 1 de octubre de 2027. La DGT también sitúa en esa fecha la obligación del casco homologado.
Cómo comprobar tu casco en 30 segundos
Busca la etiqueta cosida a la correa de la barbilla:

- (1) Una "E" mayúscula dentro de un círculo seguida de un número (el país que concedió la homologación; por ejemplo, E9 es España, E3 Italia y E1 Alemania).
- (2) Un número de homologación que empieza por 05 o por 06, que indica si es 22.05 o 22.06.
- (3) El tipo de protección: P (integral), J (jet) o P/J (modular homologado para los dos usos).
Si no tiene etiqueta o es ilegible, el casco no puede acreditar su homologación. Lo mismo pasa si solo lleva una certificación estadounidense (DOT o Snell), que no sustituye a la homologación europea R22.
Guantes: obligatorios desde el 1 de octubre en vías interurbanas
El artículo 118 añade para conductores y pasajeros de moto y ciclomotor los guantes de protección "cuando circulen por vías interurbanas". La DGT califica circular sin ellos como infracción grave, con multa de 200 €. Lo que queda pendiente es la orden ministerial que fijará las especificaciones técnicas de los guantes homologados. Hasta que entre en vigor, manda la disposición transitoria segunda: "se utilizarán guantes de protección de las mismas características que los que se usan en la actualidad". Es decir, valen los guantes de protección de moto que se usan hoy. La DGT lo confirmó en su nota del 24 de septiembre de 2026.
No necesitas comprar guantes nuevos si ya llevas unos de moto de verdad. Si vas a comprar, busca guantes certificados según la norma EN 13594, la europea para guantes de moto. Diga lo que diga la orden, son los que realmente protegen las manos en una caída. Algunas opciones: los Alpinestars GP Pro R3 para uso deportivo, o nuestra comparativa de guantes de invierno Gore-Tex vs calefactables.
Calzado cerrado, desde el 1 de octubre
Conductor y pasajero de moto y ciclomotor deben llevar calzado cerrado en todo tipo de vías. El texto no exige bota de moto, pero sí deja fuera chanclas y sandalias. Si buscas una bota en condiciones, tienes nuestra review de las Alpinestars SMX-6 V3.
Chaleco reflectante: dotación obligatoria en motocicletas desde el 1 de octubre
El real decreto añade un chaleco reflectante de alta visibilidad que cumpla los requisitos de los equipos de protección individual a la dotación obligatoria de las motocicletas. Esa obligación de llevarlo a bordo no se extiende expresamente a los ciclomotores. Cuándo hay que ponérselo depende de la situación:
- Profesionales (repartidores y cualquiera cuyo trabajo sea conducir una moto o ciclomotor) deben llevarlo puesto siempre mientras circulan, sin excepción de horario ni de visibilidad.
- El resto de conductores de motocicleta deben ponérselo cuando bajan de la moto y ocupan la calzada o el arcén de una vía interurbana. Ir al trabajo en moto no supone por sí mismo que conducir sea tu actividad profesional.
Otros cambios para el motorista
- Pasajeros: la edad mínima del pasajero de moto o ciclomotor es de 12 años. El real decreto recoge una excepción limitada para mayores de 7.
- Arcén en atascos: las motos podrán usar el arcén derecho en los tramos habilitados expresamente, solo con la circulación detenida por congestión, en fila de uno y a un máximo de 30 km/h. En Cataluña no: el Servei Català de Trànsit, que tiene allí las competencias de tráfico, no habilitará ningún tramo y mantiene las multas a las motos que circulen por el arcén. En el resto de España, todavía no hay tramos: a 5 de octubre de 2026, ni la DGT ni ninguna comunidad autónoma ha publicado un listado de tramos habilitados, así que en la práctica aún no se puede usar en ningún sitio.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que comprarme un casco nuevo antes del 1 de octubre de 2026?
No, si vas en moto y tu casco está homologado según el R22 (22.05 o 22.06) y en buen estado. Si vas en ciclomotor con un casco solo certificado, tienes hasta el 1 de octubre de 2027.
¿Me pueden multar por ir sin guantes desde el 1 de octubre?
En vías interurbanas, sí (200 €). En ciudad no son obligatorios. Actualizaremos este artículo cuando se publique la orden que define los guantes homologados.
¿Tengo que llevar el chaleco reflectante solo por ir a trabajar en moto?
No. Desplazarte al trabajo no significa por sí mismo que circular en moto sea tu actividad profesional. Las motocicletas deben llevar el chaleco en su dotación y sus conductores han de usarlo si ocupan la calzada o el arcén de una vía interurbana. Quienes usan moto o ciclomotor para desarrollar su actividad profesional deben llevarlo puesto mientras circulan.
¿Es legal un casco modular con la mentonera levantada?
Solo si está homologado como P/J (para los dos usos). Si la etiqueta solo indica P, está homologado para circular cerrado.
¿Puedo ir por el arcén en los atascos en Cataluña?
No. La norma solo permite usar el arcén en los tramos habilitados expresamente, y el Servei Català de Trànsit ha dicho que no habilitará ninguno. Su director, Ramon Lamiel, defiende que el arcén debe quedar libre para emergencias y vehículos averiados. El resto de cambios (guantes, calzado cerrado y chaleco) sí se aplica en Cataluña.
Fuentes: Real Decreto 518/2026 (BOE), nota de la DGT del 23 de junio, nota de la DGT del 24 de septiembre y actualización de la DGT del 30 de septiembre de 2026. Este artículo es informativo y no sustituye al texto oficial.




